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miércoles, 5 de septiembre de 2012

ANULAN LA CONDENA DE SEIS MESES DE PRISIÓN DE QUE HABÍA TOREADO EN CARAVACA Y VERA

EFE | MURCIA. La Audiencia Provincial de Murcia ha revocado una sentencia que condenó al banderillero A.R. a seis meses de prisión. La pena se le impuso por falsificación de dos boletines de cotización a la Seguridad Social por sendas corridas, celebradas en Caravaca de la Cruz y Vera (Almería), celebradas en septiembre de 2003, cuando realmente no había participado en ellas.

La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia, de la que ha sido ponente el magistrado Álvaro Castaño, ha anulado la declaración de hechos probados y la sustituye por otra en la que se afirma que no se ha demostrado que rellenase los boletines, «aunque sí hizo constar en ellos sus datos personales en el apartado relativo al trabajador».

Plaza de Toros de Caravaca: Foto Morety
La resolución del Juzgado de lo Penal número 5 de Murcia consideró probado que este subalterno «rellenó los boletines, pese a no haber intervenido en los dos festejos, haciendo constar sus datos personales en el apartado relativo al trabajador». La sentencia añadía que «en el apartado relativo a la empresa hizo figura los datos de la mercantil 'Taurolorca, S.L.', haciéndolo mediante la estampación de un sello imitación del legítimo utilizado por esta empresa», que lidera Juan Reverte.

El juez consideró que también se había demostrado que este banderillero presentó los documentos en la Dirección Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social en Jaén. Al estimar su recurso de apelación, la Audiencia señala que los datos aportados a la causa «no son suficientes para fundar una sentencia condenatoria».Y añade que «subsisten dudas sobre su intervención, echándose en falta una prueba esencial de cargo: los TC 4/6 originales y la declaración anual correspondiente al ejercicio 2003».

La Sala dice asimismo que «la prueba definitiva que habría aclarado el hecho controvertido es la aparición de su firma, o la de su representante, en ambos modelos, pues reflejaría su efectiva participación en la operación y en su resultado y, por tanto, su plena conciencia y aprovechamiento de los boletines mendaces».

El denunciado alegó, entre otras consideraciones, que mientras que los datos relativos al trabajador, escritos por él, aparecían en letra mayúscula, los relativos a los dos festejos, que eran los realmente falsos, figuraban en minúscula «y con una letra claramente diferente».

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